Información publica
Cumplimiento del Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala: Ley de Acceso a la Información Pública
La Procuraduría General de la Nación, en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, conocido como la Ley de Acceso a la Información Pública, pone a disposición de todos los ciudadanos a través de este portal electrónico, la información pública de oficio que estamos obligados a publicar, garantizando el derecho de cada persona a acceder a la información, promoviendo así una cultura de transparencia.
LEY DE ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO SEGUNDO: OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
Artículo 10. Información pública de oficio. Los Sujetos Obligados deberán mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado:…”*
En el siguiente recuadro encontrará la información correspondiente a cada numeral indicado en el artículo 10 de la Ley de Acceso a la Información Pública, de acuerdo al año de su publicación.
